Acciones Generales - Divisiones: Médica, Operativa y Social, Registro y Gestión de Recursos.
División Médica
Tiene a su cargo las siguientes funciones: 
- Efectuar la evaluación clínica del potencial donante, para corroborar la viabilidad del mismo.
- Realizar el diagnóstico de Muerte Encefálica de acuerdo a las normas impartidas en el art. 23 de la Ley 24193, y su Decreto Reglamentario 512/95.
- Fiscalizar el mantenimiento cadavérico durante el tiempo que transcurre mientras se cumplimentan todos los pasos determinados por la Ley, hasta la efectivización de la ablación.
- Atender todo lo que se requiera durante el proceso de ablación y mantenimiento de órganos mencionados.
- Realizar las entrevistas a los familiares del potencial donante según lo enumera el art. 21 de la Ley, a los efectos de la solicitud de la donación de los órganos, interiorizándolos pormenorizadamente de todas sus implicancias.
- Integrar el Consejo Asesor Honorario para la consulta y evaluación de los casos.
- Participar en la intervención judicial, en los casos previstos en la Ley, informando al Juez interviniente en la causa de todas las acciones desarrolladas.
- Efectuar el inventario y control de los bienes patrimoniales pertenecientes a la División.
- Promover la capacitación permanente del personal a su cargo.
- Participar en la selección y ascenso del personal de la División.
- Participar en la elaboración de las previsiones presupuestarias de la División.
- Desarrollar además toda otra función que sea necesaria, de su competencia y que se relacione con el accionar del Departamento.
Acciones Generales - Divisiones: Médica, Operativa y Social, Registro y Gestión de Recursos. |